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DEPÓSITO DE LA FIANZA DE ALQUILER EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

DEPÓSITO DE LA FIANZA DE ALQUILER  EN LA  COMUNIDAD VALENCIANA
31 May

Cuando se celebra un contrato de arrendamiento es obligatoria la entrega de una cantidad de dinero en concepto de fianza por el alquiler.

El inquilino es quien tiene la obligación de entregar dicha cantidad y el arrendador quien deba exigirla.

El importe de la fianza será el equivalente a una mensualidad de renta en los arrendamientos de vivienda y de dos meses para uso distinto del de vivienda (ej.: locales de negocio).

 

El arrendador no podrá exigirle al inquilino por este concepto de fianza cantidades superiores a las señaladas en el punto anterior.

El importe de la fianza debe ser ingresado por el arrendador en el organismo correspondiente de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el piso o local arrendado.

En el supuesto de que no se deposite la fianza en los plazos establecidos por la Comunidad Autónoma, le serán impuestas al arrendador, que es el obligado a su ingreso, una serie de multas, recargos e intereses de demora.

Cada Comunidad Autónoma tiene competencias exclusivas en materia de fianza de alquileres, por lo que habrá que acudir a su legislación propia.

No debemos confundir este tipo de fianza que hay que ingresar en la Comunidad Autónoma, con las cantidades que el dueño puede exigirle al inquilino para garantizar el impago de rentas o daños producidos en la vivienda (“garantías complementarias“)

La Comunidad Valenciana ha regulado el depósito de la fianza en el Decreto 333/1995 de 3 de noviembre y en la Ley 8/2004 de 20 de octubre. Modelo 806.

El plazo para que el arrendador deposite la fianza será dentro de los 15 días hábiles siguientes a la celebración del contrato de arrendamiento. El depósito de la fianza de alquiler en la Comunidad Valenciana deberá hacerse en: El Registro de la Dirección Territorial de Hacienda de Alicante (c/ Churruca, 25).

Entidades financieras colaboradoras de la Generalitat en el depósito de fianzas de arrendamientos urbanos: CAJAMAR, CAIXABANK, IBERCAJA, BANKIA, SABADELL/CAM

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