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LICENCIA DE SEGUNDA OCUPACIÓN

LICENCIA DE SEGUNDA OCUPACIÓN
28 Jun

¿Qué es la licencia de ocupación?

La licencia de ocupación es un documento recogido en la Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE). Este documento es necesario para todas las edificaciones existentes y tiene por objeto la comprobación de la adecuación de las mismas a la normativa de aplicación, en función del uso y características de los edificios. Para dar de alta la luz, el agua, el gas, etc., es necesario presentar un certificado de licencia de segunda ocupación o cédula de habitabilidad de segunda ocupación. En los casos en los que la compañía eléctrica haya retirado el contador por impago, también es necesario presentar este certificado para el restablecimiento del servicio.

 

¿Cuándo es necesario la renovación de la licencia?

Será necesaria su renovación transcurridos diez años desde la obtención de la primera licencia de ocupación en base a los siguientes supuestos:

1. En caso de segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.

2. En caso de formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o electricidad.

3. Existe un tercer supuesto, derivado de los casos en los que la compañía correspondiente retire el contador al usuario por impago de los recibos correspondientes. En este caso, la compañía entiende que se formaliza un contrato y por tanto es necesaria la presentación de una nueva licencia de ocupación.

¿Qué trámites hay que realizar para obtener la licencia de segunda ocupación?

Para obtener la licencia de segunda ocupación o la también llamada cédula de segunda ocupación o ulteriores, según algunos ayuntamientos, los propietarios deberán solicitarla al ayuntamiento, aportando el certificado del facultativo competente, donde se certifique que el edificio o, en su caso, la parte del mismo susceptible de un uso individualizado, se ajusta a las condiciones que supusieron el otorgamiento de la primera o anterior licencia de ocupación a la que se solicita. La cuantía se calcula en función de los metros cuadrados de superficie útil de la vivienda.

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